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Términos y Condiciones

Funera Express, S.A. de C.V. (La Empresa) con domicilio fiscal en Melchor Ocampo 51, Centro, Maravatío de Ocampo, Michoacán, C.P. 61250.

La empresa cuenta actualmente con un cementerio particular de uso público, ubicado en Parcela No. 472 Z-2 P1/1 del Ejido de Tzintzingareo, desviación al Municipio de Senguio, Michoacán, esquina Carretera Maravatío- Cd. Hidalgo del Municipio de Irimbo, Michoacán, C.P. 61280.

Por lo anterior, la Empresa dispone de instalaciones adecuadas y en funcionamiento para proporcionar bienes, servicios o productos funerarios, entre ellos, servicios de cremación, sala velatoria, y otorgamiento de derechos de uso a perpetuidad de fosas y nichos en cementerio, así como en aquellas instalaciones que en el presente o en el futuro adquiera, para tal fin.

Asimismo, la Empresa de forma gradual y progresiva estará en posibilidad de comercializar servicios funerarios en todo el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, para tal efecto ha celebrado y celebrará contratos de comisión mercantil, con diversas Agencias Funerarias del país (Alianzas), para que por su conducto y a través de estas, la Empresa proporcione servicios funerarios a sus clientes, mismas que forman parte del “Catálogo de Contratos de Comisión Mercantil” que se encuentra disponible en las instalaciones de la Empresa, al igual los referidos contratos de comisión mercantil.

La Empresa se obliga a proveer al Cliente los bienes, productos o servicios indicados en los contratos de prestación de servicios funerarios y/o de Otorgamiento de Derecho de Uso a Perpetuidad que, celebre con los mismos, por lo que, para otorgar seguridad y certeza jurídica, utilizará en sus operaciones comerciales con el público consumidor, los modelos de contrato de adhesión que tiene aprobados y registrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), los cuales se podrán consultar en la plataforma de dicha Institución https://rpca.profeco.gob.mx/index.html .

Por su parte, el Cliente se obliga a pagar el monto total en una sola exhibición, o en su caso, a cubrir mensualmente las parcialidades fijas, así como en su caso los cargos que por concepto de mora sean aplicables, hasta la total liquidación. 

Los contratos describen los bienes, productos o servicios que integran el paquete de servicios funerarios que adquiere el Cliente, de conformidad con la NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-036-SCFI-2016 PRÁCTICAS COMERCIALES, REQUISITOS DE INFORMACIÓN Y DISPOSICIONES GENERALES EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS (NOM).

La Empresa cuenta con bienes, productos y servicios que pueden ser adquiridos de manera individual y de necesidad inmediata, y cuyos precios serán los que la Empresa disponga en el momento que el Cliente los solicite, los cuales se facturarán a la persona que los solicite, apegándose a las normas fiscales vigentes.

En lo relativo a los servicios funerarios, el Cliente acepta que éstos serán proporcionados en las instalaciones de la Empresa, o en el domicilio acordado y contratado con él, cuyo nombre y ubicación está indicado en el contrato.

La ubicación de la fosa o nicho adquirido en términos del contrato, se indicará en el Plano de Ubicación que se entregará al Cliente o al Titular Sustituto, cuando se solicite a la Empresa el servicio de inhumación o depósito de cenizas, según sea el caso. 

En los servicios de cremación de cadáveres o restos humanos, la Empresa le dará a conocer al Cliente que el ataúd no podrá ser cremado junto con el cadáver.

Cuando el Cliente contrata servicios a futuro, podrán ser utilizado después de los siguientes 15 días a partir de su firma y registro en la Empresa, en caso contrario será considerado como de necesidad inmediata; por ello en caso de requerir cualquiera de los servicios funerarios, incluyendo fosas, nichos tradicionales o naturales dentro de este plazo, se ajustaran los precios y los pagos efectuados se tomarán a cuenta para cubrir el costo y abonar a precios de lista vigentes para bienes, servicios o productos de necesidad Inmediata.

El Cliente ha proporcionado a la Empresa un domicilio postal y uno electrónico, aceptando el Cliente que dichos domicilios serán utilizados para que la Empresa le envíe al propio Cliente o al Titular Sustituto, toda clase de comunicaciones, información, avisos, estados de cuenta, requerimientos de pagos vencidos, notificaciones y cualquier información que deba ser notificada y relacionada con el contrato.

Considerando lo anterior, el Cliente, el Titular Sustituto, o los Beneficiarios, según sea el caso, se obligan a notificar por escrito a la Empresa cualquier cambio de domicilio postal o electrónico, en la inteligencia que, ante el incumplimiento de esta obligación, todas las notificaciones, comunicaciones o avisos que la Empresa envíe a los domicilios registrados, tendrán plena validez jurídica.

Los derechos de que dispone el Cliente conforme al contrato son:
  1. Uso. Tiene derecho a usar y disponer libremente para sí y para otros, de los bienes, productos o servicios funerarios contratados. En caso de fallecimiento del Cliente, se procederá de acuerdo a los términos establecidos en el contrato.
  2. Titular Sustituto. Tiene derecho a designar a un Titular sustituto en los términos previstos en la NOM, podrá destituirlo u omitir nombrarlo. El Titular Sustituto es la persona que, en caso de ausencia del Cliente, queda autorizado y con facultades solo de decisión en el uso del contrato, pudiendo disponer de los bienes y/o servicios funerarios contratados conforme a sus necesidades. El Titular sustituto no puede asumir la titularidad del contrato salvo mandato judicial, tampoco está facultado para ceder, traspasar o enajenar los derechos del contrato. Será necesaria su firma en el formato que para tal efecto le proporcione la Empresa para constar su aceptación. Para que el Titular Sustituto pueda ejercer sus funciones se requiere notificar a la Empresa su aceptación expresa. El Cliente tiene derecho a remover al Titular Sustituto que hubiera designado tantas veces como lo decida, por otra persona que ejerza ese cargo, la cual deberá en su oportunidad aceptar la designación expresamente y comunicarlo a la Empresa. En el caso de que el Cliente fallezca sin haber designado al Titular Sustituto, o el que hubiera sido nombrado hubiera fallecido o estuviera ausente, sólo podrán disponer de los bienes, productos o servicios funerarios contratados, quienes acrediten a la Empresa tener la disposición legal de los derechos comprendidos en el contrato conforme a la legislación vigente.
  3. Beneficiarios. Tiene derecho a designar hasta 2 Beneficiarios, quienes, ante el fallecimiento del titular, estarán en posibilidad de adquirir los derechos y obligaciones del contrato, conforme al orden que fueran señalados, el Beneficiario es responsable solidario de las obligaciones adquiridas, pudiendo asumir la titularidad del mismo. Siendo requisito indispensable la manifestación de conformidad de los Beneficiarios ante la Empresa, para ello y de acuerdo a la NOM los Beneficiarios deberán firmar su aceptación. En caso de designar menores de edad deben señalar claramente quien ejerce la patria potestad o tutela.
  4. Usuarios. Tiene la facultad de designar usuarios para que estos reciban en su persona los servicios funerarios en caso de su fallecimiento.
  5. Cesión. Tiene derecho a transferir o ceder los derechos comprendidos en el contrato a cualquier persona que el titular decida, siempre que esté al corriente en los pagos y se siga el siguiente procedimiento:
    1. El Cliente notificará por escrito a la Empresa el nombre, domicilio, registro federal de contribuyentes y/o Clave Única de Registro de Población, teléfono, correo electrónico y demás datos que solicite la Empresa de la persona a quien ha decidido ceder los derechos del contrato.
    2. La Empresa verificará que el Cliente se encuentre al corriente en los pagos y comunicará al Cliente, dentro de los 30 días naturales siguientes, la cantidad que deberá cubrir a la Empresa para efectuar la cesión de los derechos del contrato.
    3. En todos los casos la cantidad que cubrirá el Cliente para realizar la cesión será el 10% (diez por ciento) del precio de los servicios funerarios o derechos de uso contratados.
    4. Previo pago de la cantidad indicada por la Empresa, ésta registrará en sus archivos la cesión mediante la celebración de un convenio de cesión de derechos en el cual intervengan la Empresa, el cedente y el cesionario, de común acuerdo.

Los servicios funerarios que brinda la Empresa están disponibles las 24 horas del día, durante los 365 días del año. Para que la Empresa preste los servicios funerarios contratados, la persona que lo solicite deberá comunicarse a la Empresa al número de emergencia 447 478 0090, y proporcionar la siguiente información preliminar para validación:

  1. Número del contrato.
  2. Nombre del Cliente (Titular).
  3. Nombre del Titular Sustituto (si lo hubiere). 
  4. Nombre de los Beneficiarios (si los hubiere).
  5. Nombre de la persona fallecida.
  6. Domicilio completo del lugar en donde se encuentre el cuerpo.

Con la anterior información y el certificado de defunción firmado por médico registrado ante la Secretaría de Salud, la Empresa realizará los servicios de traslado de la persona fallecida a la Empresa.

La persona Solicitante de los servicios deberá acudir al domicilio de la Empresa para efectuar los siguientes trámites:

  • Llenará la solicitud de servicios funerarios en el formato que dispone la Empresa para tal efecto.
  • Presentar la documentación de la persona fallecida: Acta de nacimiento, certificado de defunción firmado por el médico registrado ante la Secretaría de Salud, identificación oficial y CURP de la persona finada, así como el acta de matrimonio en caso de que el finado(a) estuvo casado o viudo. Documentación que deberá estar vigente y actualizada. Así como, original o copia del contrato, recibos de pago con los que acredite el pago total de la contraprestación, en su defecto, la constancia de pago total correspondiente, así como cualquier convenio modificatorio y/o anexo al mismo, respecto del contrato.

La Empresa verificará que toda la información presentada por el Cliente sea correcta.

Conforme a lo dispuesto por la NOM, el Cliente o en su caso el Titular Sustituto podrán designar por escrito a la persona fallecida a la que se prestarán los servicios, como usuario.

En caso de que no se siga el procedimiento aquí establecido, o la documentación presentada por el Solicitante de los servicios no reúna los requisitos establecidos, la Empresa no estará obligada a prestar los servicios funerarios contratados por el Cliente.

El Cliente, Titular Sustituto o en su caso los Beneficiarios se obligan a respetar en todos los aspectos las leyes y reglamentos aplicables al manejo y disposición de cadáveres y restos humanos áridos, así como el reglamento interno del Cementerio de la Empresa.

De acuerdo con la Ley, el destino que tienen las fosas y nichos de la Empresa, es exclusivamente el de realizar la inhumación de cadáveres o restos humanos en el caso de fosas de Cementerios, y el depósito de urnas que contengan restos humanos cremados. Las disposiciones legales relativas a la inhumación, exhumación y cremación son de orden público y por tanto quedan sujetas a los permisos y licencias que otorguen las Autoridades competentes.

El derecho de uso que en su caso adquiera el Cliente de fosas o nichos del Cementerio de la Empresa, será a perpetuidad, de acuerdo con la legislación aplicable.

En caso de fosas o nichos contratados, los costos no incluidos son los siguientes:

  1. Los impuestos y derechos de inhumación o cremación que en su caso deban pagarse a la autoridad competente.
  2. El costo de apertura y cierre de fosas y nichos (maniobras). 
  3. El grabado de lápida (consultar paquetes que lo incluyen).
  4. La cuota de mantenimiento anual.
  5. La gestión y obtención de las actas de defunción. 
  6. Y en general todo pago de derechos a la autoridad correspondiente.

En caso de servicios funerarios contratados, los costos no incluidos son los siguientes:

  1. Los impuestos y derechos de inhumación, exhumación, re inhumación, cremación y traslados foráneos.
  2. Pago de panteón de fosas o nichos.
  3. Costos de renta de sillas y/o carpa (consultar paquetes que lo incluyen).
  4. Pago de servicios de camión.
  5. Costos de arreglos florales.
  6. Pago de trámites de traslado.
  7. Importes de multas.
  8. Costos de grupos musicales.
  9. Costos de traslados foráneos.

Ni ningún otro costo o pago que no esté estipulado por escrito en el contrato.

En caso de haber adquirido una fosa o un nicho en el Cementerio de la Empresa, ésta realizará el mantenimiento periódico de las instalaciones a fin de conservarlas en estado adecuado de uso. Para estar en condiciones de utilizar la fosa o nicho cuyo derecho de uso haya adquirido el Cliente, deberá estar al corriente en el pago de la cuota anual de mantenimiento.

El Cliente se obliga a pagar a la Empresa las parcialidades mensuales contratadas, conforme al contrato, dentro de los 5 primeros días naturales siguientes a la fecha de vencimiento mensual que le corresponda.

El monto total a pagar a la Empresa comprende todas las cantidades y conceptos que el Cliente se ha obligado a cubrir de acuerdo con el monto total señalado en el contrato, no existiendo ningún gasto, interés o cualquier otro cargo adicional, siempre que el Cliente pague en tiempo las parcialidades mensuales convenidas.

En caso de que el cliente no realice sus pagos, en tiempo y/o en forma, el Cliente se obliga a pagar a la Empresa intereses moratorios del 3 % (tres por ciento) más el Impuesto al Valor Agregado, de forma mensual, calculado sobre la cantidad no pagada, y se generará a partir de la fecha en que debió ser efectuado el pago y hasta la fecha de su pago efectivo, por lo que el cómputo de los intereses se calculará sobre los días efectivamente transcurridos en mora.

Es causa de rescisión del contrato, si el Cliente deja de efectuar el pago de dos o más parcialidades mensuales consecutivas, en tiempo y forma.

Una vez liquidada la totalidad de las cantidades que el Cliente se obligó a pagar a la Empresa en términos del contrato, la Empresa, emitirá a favor del Cliente una Constancia de Pago Total, su estado de cuenta actualizado, y en su caso el Título por el cual se le conceda el derecho de Uso a Perpetuidad de una fosa o nicho adquiridos en el Cementerio de la Empresa.

La Empresa no realizará ningún cargo adicional al Cliente sin su consentimiento, o que no derive del contrato.

La Empresa emitirá el comprobante fiscal digital (factura electrónica) conforme lo establece la legislación fiscal vigente. Para tal fin, cada vez que el Cliente realice un pago, la Empresa enviará al Cliente el comprobante fiscal y su estado de cuenta, a la cuenta de correo electrónico que haya proporcionado a la Empresa.

En caso de que a la fecha de firma de este contrato el Cliente no disponga de una cuenta de correo a la que la Empresa pueda enviarle los Estados de Cuenta y las Facturas Electrónicas que correspondan, el Cliente acepta que podrá consultar tales documentos a través de la página de Internet de la Empresa www. serviciosfunera.com., o la que la que la sustituya. Para acceder a dicha documentación, se pedirá al Cliente los datos que le solicite el sistema y que acepte los términos y condiciones de uso, así como los relativos al Aviso de Privacidad.

El Cliente podrá hacer pagos anticipados de las parcialidades mensuales contratadas, siempre y cuando se encuentre al corriente en los pagos. Cubriendo este requisito, el Cliente podrá solicitar a la Empresa un estado de cuenta actualizado de su adeudo, y manifestará el pago anticipado que desea realizar. La Empresa verificará que se reúnan las condiciones para recibir dicho pago, lo informará al Cliente y recibirá el pago, aplicándolo a una o varias parcialidades siguientes, entregando la factura electrónica y el estado de cuenta correspondientes. 

La Empresa no estará obligada bajo ningún concepto a refacturar al Cliente ni a los Titulares Sustitutos o al Solicitante de los servicios.

Una vez expedida la factura, la Empresa no expedirá nueva factura por el mismo concepto o contrato, es obligación del Cliente proporcionar los datos correctos y en tiempo, en la fecha de pago o al día siguiente de efectuarse el mismo.

En caso de que al solicitar a la Empresa la prestación de los productos o servicios funerarios contratados, no esté cubierta la totalidad de los pagos que se deban a la Empresa, el Cliente, o en su caso el Titular Sustituto, o bien el solicitante de los servicios, se obliga a liquidar a la Empresa las parcialidades restantes, para cubrir el precio total de los servicios contratados.

Tratándose de derechos de uso a perpetuidad, se otorgará, siempre que se encuentre cubierto el monto total del contrato, o bien, el porcentaje del precio, que se establezca en el mismo, dependiendo del derecho de uso y capacidad contratado.

El Cliente podrá solicitar a la Empresa, aclaración respecto del contenido de los estados de cuenta, siempre que lo comunique por escrito y manifieste claramente los conceptos por los que requiere aclaración, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la recepción de los mismos a través del correo electrónico que proporciono a la Empresa. En caso de que la Empresa no reciba solicitud de aclaración en los términos aquí previstos, se entenderá para todos los efectos legales que el Cliente está de acuerdo con el contenido de los estados de cuenta.

La Empresa garantiza al Cliente lo siguiente:

  1. Los servicios funerarios contratados se prestarán en el domicilio de la Empresa, o en el domicilio acordado por el Titular del contrato.
  2. En caso que no hubiera disponibilidad de salas de velación disponibles en la fecha en que se soliciten los servicios funerarios contratados, o tales servicios no pudieran prestarse por caso fortuito o fuerza mayor, el servicio funerario se prestará en una Agencia Funeraria, con la misma categoría de servicios contratados o una superior. En caso de que lo anterior no fuera posible, el servicio funerario podrá prestarse por la Empresa en un domicilio particular que indique el Cliente o el Titular Sustituto, dentro de la Ciudad en que se encuentre la Agencia Funeraria contratada, sin cargo adicional alguno.
  3. Sólo en caso de que lo anterior no fuera posible, la Empresa reembolsará al Cliente o al Titular Sustituto, la contraprestación efectivamente pagada por el Cliente o el Titular Sustituto o el Solicitante de los Servicios, más la pena convencional establecida en este contrato, mediante la firma de un convenio de rescisión del contrato con el Cliente o quien legalmente los represente, debiendo firmarse la constancia de recibido y finiquito a favor de la Empresa.

En caso de actualizarse la rescisión del contrato la parte que incumpla deberá pagar a la parte afectada la pena convencional equivalente al 20% (Veinte por ciento) del precio total del servicio, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En caso de que alguna de las partes requiera a la otra parte, el pago de la Pena Convencional, deberá de solicitar por escrito el pago de dicha pena, debiendo hacer el pago, la parte que incumpla, en los 15 (quince) días hábiles siguientes de haber recibido dicha solicitud.

La empresa podrá retener y descontar al Cliente el pago de la pena convencional, de la parte de la contraprestación efectivamente pagada, restituyendo la diferencia que resulte en el plazo establecido.

La Empresa ha dado a conocer al Cliente la normatividad aplicable a la prestación de servicios funerarios, así como el reglamento interno para la utilización del Cementerio. Por tanto, el Cliente se obliga a cumplir toda la normatividad aplicable vigente.

De acuerdo con lo previsto en la Ley y en la NOM, el contrato entrará en vigor luego de transcurrir 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Durante dicho plazo, el Cliente podrá cancelar su aceptación de dicho contrato, sin su responsabilidad, siempre que lo notifique a la Empresa por escrito dentro del plazo señalado, pudiendo notificarlo por correo registrado o correo certificado que la Empresa proporcione para ello.

Una vez transcurrido el plazo de 5 (cinco) días hábiles sin que se hubiera notificado la cancelación del contrato por alguna de las partes, el contrato entrará en vigor en términos de lo dispuesto en la Ley, y por tanto cada parte quedará obligada en los términos y condiciones establecidos en el contrato.

Transcurrido dicho plazo, si el Cliente desea darlo por terminado de manera anticipada y la Empresa lo autoriza, por encontrarse fuera de los supuestos de incumplimiento para la Empresa, las partes deberán acordar y convenir la terminación anticipada, la Empresa devolverá al Cliente la cantidad que resulte a su favor después de aplicar la pena convencional.

El Cliente o el Solicitante de los Servicios reconoce que todos los impuestos, derechos, gastos y servicios federales, estatales o municipales que se causen con motivo del servicio funerario o derecho de uso a perpetuidad contratado, serán pagados por el Cliente, el Titular Sustituto, los Beneficiarios o por el Solicitante de los Servicios, al momento de solicitar la prestación del servicio funerario o el derecho de uso, de forma adicional a la contraprestación objeto del contrato, incluyendo sin limitarse entre otros a:

  1. Derechos de traslados de cadáveres.
  2. Derechos relativos a los permisos de Inhumación, exhumación, re inhumación o cremación.
  3. Gastos de ratificación de facturas ante compañías aseguradoras o entidades gubernamentales.

La Empresa será responsable fiscalmente de trasladar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que pague el Cliente, y de enterar en su oportunidad el Impuesto Sobre la Renta y otros que le resulten aplicables conforme a la legislación vigente.

La Empresa pone a disposición del Cliente su Centro de Atención a Clientes (CAC), ante el cual se podrá brindar orientación al Cliente respecto de los bienes, productos o servicios funerarios contratados, la manera en que podrá solicitar la prestación de los mismos y otra información relevante relacionada con el contrato, así mismo, el Cliente podrá plantear dudas, reclamaciones o aclaraciones respecto de los bienes, productos o servicios funerarios contratados. Para tal finalidad, la Empresa canalizará las llamadas telefónicas que reciba del Cliente mediante el número 447 478 0090, recibiendo también las consultas que el Cliente decida realizar mediante la dirección de correo electrónico ventas@serviciosfunera.com

El horario de atención es de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas en el domicilio señalado en las declaraciones del contrato.

Los datos personales proporcionados por el Cliente serán tratados como confidenciales, y la Empresa aplicará las medidas técnicas convenientes que permitan protegerlos contra daño, pérdida, alteración, destrucción, o inclusive el uso, acceso o tratamiento no autorizado. Por lo anterior la Empresa garantiza al Cliente que guardará estricta confidencialidad sobre los mismos, obligación que subsistirá aún después de finalizar la relación comercial entre las partes en términos del contrato, aplicando además la Empresa, las medidas necesarias y suficientes para garantizar que el aviso de privacidad sea respetado en todo momento.

La Empresa informa al Cliente que los datos personales que le proporcione podrán ser utilizados con fines publicitarios, y de evaluación. En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, la Empresa informa que los datos personales del Cliente serán administrados por la Empresa Funera Express, S.A. de C.V. y que los mismos podrán ser transferidos a subsidiarias pertenecientes al mismo grupo de la Empresa, para los fines indicados. Para mayor información acerca del tratamiento y de los derechos que puede hacer valer, el Cliente podrá acceder al aviso de privacidad integral en la página de Internet www.serviciosfunera.com

Para efectos de lo dispuesto por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, el Cliente declara que toda la información y datos suministrados a la Empresa son correctos y veraces. La Empresa ha informado al Cliente que dará los avisos que se requieran conforme a esta Ley, y proporcionará a solicitud de las Autoridades competentes la demás información que sea requerida, sin que el cumplimiento de dichas obligaciones sea contrario, o pueda ser considerado contrario a la protección de datos personales conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

La Procuraduría Federal del Consumidor PROFECO es la autoridad competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del contrato, sin perjuicio, de que las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes en Maravatío de Ocampo, Estado de Michoacán, Estados Unidos Mexicanos, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier otra razón.

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